The best Side of orden de detencion europea y entrega - asistencia legal



one. Las sentencias cuyo régimen de reconocimiento y ejecución se regula en este Título son aquellas resoluciones judiciales firmes emitidas por la autoridad competente de un Estado miembro tras la celebración de un proceso penal, por las que se condena a una persona física a una pena o medida privativa de libertad como consecuencia de la comisión de una infracción penal, incluidas las medidas de internamiento impuestas de conformidad con la Ley Orgánica reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

Es importante saber que la Ley 23/2014 permite que la autoridad judicial de ejecución pueda solicitar información adicional a la emisión: preceptivamente, cuando la orden no contenga todo el contenido del citado artworkículo 36, y facultativamente, cuando es necesaria información complementaria para verificar si concurren causas de condicionamiento o denegación a la entrega.

two. Asimismo, la autoridad judicial española sólo podrá dictar una orden europea de detención y entrega para el cumplimiento de pena por el reclamado cuando, concurriendo los requisitos para ello previstos en esta Ley, no sea posible la sustitución ni la suspensión de la pena privativa de libertad a que haya sido condenado.

32. Señala que, si bien la aplicación del procedimiento del artículo 7, apartado 1, del TUE afecta al reconocimiento mutuo, con arreglo a la jurisprudencia del Tribunal, la autoridad de ejecución debe examinar en cada caso concreto si existen motivos fundados para considerar que, tras la entrega, la persona correrá el riesgo de que se vulneren sus derechos fundamentales; subraya que la activación del artworkículo seven, apartados one y two, del TUE no constituye un no reconocimiento automático, dada la importancia de la cooperación en materia penal y el funcionamiento del sistema de cooperación judicial de la Unión en su conjunto; destaca el papel de Eurojust a la hora de ayudar a los Estados miembros a emitir o ejecutar órdenes en este contexto, con miras a aumentar la confianza mutua; recomienda, por consiguiente, que se establezca un sistema de medidas cautelares, llegando incluso a la suspensión del instrumento, para defender las garantías previstas y, al mismo tiempo, reforzar la confianza y el reconocimiento mutuo entre Estados miembros;

c) El Estado miembro al que el condenado se haya fugado o haya regresado ante el proceso penal abierto contra él en España o por haber sido condenado en España.

a) Con el fin de proceder al ejercicio de acciones penales, por aquellos hechos para los que la ley penal española señale una pena o una medida de seguridad privativa de libertad cuya duración máxima sea, al menos, de doce meses, o de una medida de internamiento en régimen have a peek here cerrado de un menor por el mismo plazo.

1. La orden europea de protección es una resolución en materia penal dictada por una autoridad judicial o equivalente de un Estado miembro en relación con una medida de protección que faculta a la autoridad competente de otro Estado miembro para adoptar las medidas oportunas a favor de las víctimas o posibles víctimas de delitos que puedan poner en peligro su vida, su integridad física o psicológica, su dignidad, su libertad specific o su integridad sexual, cuando se encuentren en su territorio.

El Título IX tiene por objeto regular this contact form la resolución por la que se exige el pago de una sanción pecuniaria, incorporando con leves modificaciones el contenido de la Ley one/2008, de four de diciembre, para la ejecución en la Unión Europea de resoluciones que impongan sanciones pecuniarias. Estas normas determinan el procedimiento a través del cual se van a transmitir, por parte de las autoridades judiciales españolas, aquellas resoluciones firmes por las que se exija el pago de una sanción pecuniaria a una persona fileísica o jurídica como consecuencia de la comisión de una infracción penal, a otros Estados navigate here miembros de la Unión Europea en los que esa persona posea propiedades, obtenga ingresos o tenga su residencia habitual.

Cuando concurran varias causas en las que se hubieran impuesto medidas alternativas a la prisión provisional del imputado, deberá seguirse el trámite previsto en este artworkículo en cada autoridad judicial que conozca de cada una de ellas.

En este caso, el Juez informará a la autoridad competente del Estado de emisión, a través del certificado que figura en el anexo V, en caso de incumplimiento de la medida de libertad vigilada o de la pena sustitutiva por la persona condenada.

4. En el automobile se determinará el for eachíodo full de privación de libertad que haya de cumplirse en España, deduciendo exclusivamente del mismo el que ya se haya cumplido en el Estado de emisión o el que proceda en virtud del tiempo que haya permanecido el condenado en prisión preventiva o cualquier otra medida restrictiva de su libertad que, adoptada por la autoridad del Estado de emisión, fuese computable.

d) Cuando la persona condenada pueda estar sometida a una sanción o medida no privativa de libertad, aun cuando puedan restringir su libertad specific.

2. La toma de declaración de la persona reclamada se llevará a cabo por la autoridad judicial de emisión que se traslade a España, con la asistencia en su caso de la persona que designe de conformidad con el Derecho del Estado de emisión, debiendo designarse intérprete a fin de que se traduzcan al español los aspectos esenciales de la diligencia. Deberá practicarse en presencia de la autoridad judicial española, que velará porque la misma se practique según lo previsto por la ley española y en las condiciones pactadas entre ambas autoridades judiciales, que podrán incluir el respeto a los requisitos y formalidades exigidos por la legislación del Estado de emisión siempre y cuando no sean contrarios a los principios fundamentales de nuestro ordenamiento jurídico.

– Vista la evaluación del valor añadido europeo completada en enero de 2014 a petición del EPRS sobre la orden de detención europea, así como el estudio sobre «el coste de la no Europa», de diciembre de 2017, relativo a los derechos procesales y las condiciones de privación de libertad,

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